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Factura Instantánea al pagar con tarjeta?

Aquí las preguntas y respuestas que da el SAT

1. ¿En qué consiste la factura instantánea?

El SAT y la AMB se unieron para brindarles una facilidad a los contribuyentes para que se ahorren tiempo en facturar sus compras pagadas a través de tarjetas bancarias. Esta facilidad consiste en que al momento en el que un consumidor realiza el pago de un producto o servicio a través de tarjetas bancarias en terminal punto de venta e indica que requiere factura, la terminal punto de venta imprimirá un recibo en el cual se incluirá un código QR que incluye la información del folio fiscal de la factura emitida.

 

2. ¿Se eliminará el actual modelo de facturación para incorporar el esquema de la factura instantánea?

No. Este nuevo modelo de facturación es una alternativa para los contribuyentes.

 

3. ¿A través de que medio se realizará el registro del RFC en el chip de las tarjetas bancarias?

Los contribuyentes interesados en aplicar esta facilidad tendrán que dar de alta su RFC con su institución financiera en un proceso que podría realizarse en las mismas terminales punto de venta, sucursales bancarias, o según lo defina el banco.

 

4. Esta facilidad, ¿será aplicable a todos los contribuyentes?

Sí será aplicable para aquellos contribuyentes que acepten como medio de pago tarjetas bancarias (de crédito y débito), cuenten con una terminal punto de venta actualizada y que su operación se ajuste a esta forma de facturación.

 

5. ¿Será obligatorio el uso de la factura instantánea?

No. Es de uso opcional por parte de los contribuyentes, en caso de no tomar dicha opción se seguirá aplicando el proceso de facturación como hasta hoy en día se realiza.

 

6. En caso de que quiera facturar a un RFC diferente al registrado en la tarjeta, ¿Cómo debería ser el proceso de emisión a través de la TPV?

La factura instantánea aplica únicamente para el titular de la tarjeta, por lo que, si requiere factura para un RFC diferente al del titular de la tarjeta no se podrá aplicar la facilidad de la Factura instantánea. Se tendrá que solicitar la factura como hoy se hace.

 

7. ¿Será necesario renovar o cambiar la tarjeta para operar la facilidad de la factura instantánea?

No será necesario cambiar la tarjeta. El banco emisor definirá el mecanismo para grabar el RFC en el chip de la tarjeta.

 

8. ¿Cómo se ingresa la información de los conceptos / producto o servicio en la TPV para poder emitir la factura?

La TPV tendrá un proceso de configuración previo a la operación, en el cual se ingresarán los productos o servicios del establecimiento con la finalidad de emitir los comprobantes de manera instantánea.

 

9. ¿Cómo se administrará el Uso de CFDI?

La TPV tendrá un proceso de configuración previo en el cual se ingresará el catálogo del Uso del CFDI con la finalidad de emitir los comprobantes de manera instantánea, atendiendo al giro o actividad comercial del establecimiento.

 

10. ¿Cuáles serán las medidas de seguridad respecto de mis datos fiscales en caso de robo, clonación o extravío de mi tarjeta?

Cada vez que el contribuyente lleve a cabo una operación donde se pague con tarjeta, la TPV preguntará si desea emitir factura, en caso de que la respuesta sea negativa, no se emitirá el comprobante con este esquema, por lo que la información contenida en el chip de la tarjeta no corre ningún riesgo ni se transfiere.

 

11. Una vez facturado a través de la TPV, ¿Cómo podré obtener la factura?

A través del Portal del SAT se podrá descargar la representación impresa y el XML de la factura.

 

12. ¿Qué tratamiento tendrán los establecimientos que facturan al público en general, si el pago se realiza con tarjeta?

Si el cliente no solicita la factura, el establecimiento está obligado a generar una factura con el RFC genérico o incluir la operación en la factura global diaria con público en general.

 

13. En caso de requerir cancelar una factura emitida por la TPV, ¿Cuál es el procedimiento a seguir?

Se deberá realizar las solicitudes de cancelación conforme al proceso actual: a través del Portal del SAT o de los servicios de un proveedor de certificación.

 

14. ¿Desaparecerán los portales de facturación?

No. Este es un nuevo mecanismo alternativo para los contribuyentes que realicen sus pagos a través de tarjetas bancarias obtengan su factura, por lo que continúan vigentes los actuales medios de facturación.

 

15. Si facturo a través de un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) ¿Será necesario realizar algún ajuste al sistema de facturación para aplicar esta facilidad?

No. Una vez configurada la terminal TPV, esta se conectará al SAT enviando los datos de la transacción para que se timbre la factura correspondiente.

 

16. ¿Este mecanismo alternativo de facturación estará vinculado a la nueva plataforma de cobros digitales CoDi?

Por el momento no se está considerando su integración, ya que para generar la factura instantánea es necesario contar con una tarjeta bancaria que contenga el RFC del titular en el chip.

 

17. ¿Existirá un número máximo de facturas a emitir por la TPV?

No se tiene previsto limitar el número de facturas que podrá emitir cada establecimiento. El número estará en función de las capacidades operativas de cada establecimiento.

 

18. ¿El SAT realizará algún cobro por el servicio de timbrado de las facturas que se

emitan vía la TPV?

Todos los servicios que brinda el SAT en materia de facturación son gratuitos.